ESTUTOS
NACIONALES
DE
LA ASOCIACIÓN DE MISIONEROS
SEGLARES
VICENTINOS,
MISEVI-COLOMBIA
CONREGAZIONE
DELLA MISSIONE
Cuna Generaiizia
Via dei
Capasso,30
00164 ROMA- Tel. 06663730/32/36
Fax 06 666383
E-mail:
cmcuria@tin.it
Roma 27 de abril
2005
Padre
Gabriel NARANJO SALAZAR, CM
Visitador
Bogotá
Querido Gabriel:
¡Que la gracia y la paz del Señor Jesucristo llenen tu
corazón ahora y siempre!
Por medio de la presente quiero
felicitarte a Ti y en tu nombre, a los miembros de la Asociación de Misioneros
Seglares Vicentinos de Colombia por el trabajo de reflexión y elaboración de
sus estatutos nacionales. En el día de hoy le comunico que han sido aprobados
para cumplir lo establecido en el canon 304.
Te agradezco tu dedicación y tu empeño
personal en la animación en esta dinámica rama de la familia vicentina y la
labor que realizan los cohermanos de la provincia de Colombia para responder a
las exigencias pastorales que día a día nos pide la misión con los laicos.
Espero que con la aprobación de los
estatutos, Misevi de Colombia se consolide y se fortifique en sus propósitos de
evangelizar a los pobres con la vitalidad que les ofrece el carisma vicentino.
Cuentan con mi apoyo y bendición.
Gracias querido Gabriel por el
servicio que realizas en la animación de los cohermanos y de los laicos de la
familia vicentina.
Tu hermano en San Vicente,
G. Gregory Gay, CM
Superior General
CONREGAZIONE
DELLA MISSIONE
Cuna Generaiizia
Tel.
066663730/32/36
Via dei Capasso, 30 Fax
066663831
00164 ROMA-Italia e-mail:
cmcuria@tin.it
G. GREGORY GAY, C.M.
SUPERIOR DE
LA CONGREGAIÓN DE LA MISIÓN
Y DE LAS
HIJAS DE LA CARIDAD
Y
DIRECTOR
GENERAL DE LA ASOCIACIÓN
DE LOS
MISIONEROS SEGLARES VICENTINOS
En virtud de la declaración de la
Congregación para los Institutos de vida consagrada y las Sociedades de vida
apostólica dada el 29 de septiembre de 2001
donde es reconocida como canónicamente
erigida la Asociación denominada misioneros Seglares Vicentinos” (MISEVI) con aprobación de sus Estatutos
Internacionales con Decreto del mismo Dicasterio de 7 de abril de 1959,
Pront.n.
P. 53-2/99 como asociación pública
Internacional de derecho pontifico y donde reconoce que tiene sus orígenes en
la unificación de dos asociaciones es decir, la asociación llamada “Hijas de
Maria Inmaculada” erigida canónicamente por el sumo Pontífice el 19 de julio de
1950, el superior general de la Congregación de la Misión y de las hijas de la
Caridad es el Director General de la Asociación “Misioneros Seglares
Vicencianos” (MISEVI)
Como Director General de dicha
Asociación apruebo los presentes
Estatutos Nacionales de MISEVI de Colombia para cumplir lo establecido en el
canon 304.
- “Todas
las Asociaciones de fieles, tanto públicas como privadas, cualquiera que
sea su nombre o su título, deben tener sus Estatutos propios, en los que
se determine el fin u objeto social de la asociación, su sede, el gobierno
y las condiciones que se requieren para forma parte de ellas, y se señale
también el modo de actuar, teniendo la necesidad o conveniencia d el
tiempo y lugar.
- Escogerán
un título o nombre que responda a la mentalidad del tiempo, inspirado
preferentemente en el fin que persiguen”.
- Roma,
a veintidós de abril de dos mil cinco.
ESTATUTOS
NACIONALES
DE
LA ASOCIACIÓN DE MISIONEROS
SEGLARES
VICENTINOS,
Misevi-Colombia.
1. NATURALEZA
1.1. La asociación de
“Misioneros Seglares Vicentinos” (MISEVI) está constituida canónicamente como
Asociación de Fieles, con personería jurídica autónoma y plena pudiendo, en
consecuencia, poseer, administrar y disponer de toda clase de bienes y
derechos, obligarse en todos los ámbitos y ejercitar las acciones pertinentes en
defensa de sus intereses ante toda clase de personas, autoridades y
jurisdicciones.
1.2. En los presentes estatutos
se establecen las Normas particulares que se consideran convenientes para la
creación y el funcionamiento de la Asociación Nacional
de MISEVI en Colombia.
1.3. En la organización
colombiana partimos y nos adherimos a los Estatutos Internacionales propios de
la Asociación como un ente reconocido
por la Iglesia y al servicio de la misma desde el carisma vicentino.
1.4. La asociación tendrá una
espiritualidad misionera y vicentina que asumirá las orientaciones de la
Doctrina de la Iglesia
y se fundamentará en las virtudes
específicas que San Vicente y Santa Luisa, encargaron a los misioneros.
1.5. ÁMBITO:
La
asociación es de Ámbito Nacional.
1.6. SEDE
La sede nacional de la Asociación y su
secretariado permanente es:
Congregación de la Misión Padres Vicentinos,
Casa Provincial, Carrera 30A Nº 23A-81
Tel. 57-1 3379747
Bogotá, D .C. Colombia, Sur América,
E-mail: misevicol@hotmail.com
misevicol@yahoo.com.mx
2. FINALIDAD
2.1. La asociación
MISEVI-COLOMBIA, se crea para fomentar, y apoyar. facilitar y coordinar la
presencia y el trabajo misionero de los laicos vicentinos del país en las
misiones “Ad gentes” encomendadas a la Familia Vicentinas
o animadas por ellas.
2.2. Los fines de la asociación
son:
2.2.1. Ofrecer un respaldo humano,
moral, espiritual, formativo, económico a las misiones vinculadas a la Familia
Vicentina mediante el envío de laicos y de recursos materiales.
2.2.2. Ser un cauce de comunión y
de intercambio de experiencias entre los laicos misioneros que forman parte de
la Asociación.
2.2.3. Potenciar la vida
espiritual en grupo y el compartir comunitario de los seglares que están en
misiones “de agentes”.
2.2.4. Facilitar la pertenencia y
la presencia de los laicos Vicentinos que trabajan en las misiones dentro de
las estructuras de coordinación de las asociaciones vicentinas, según las
normas propias.
2.2.5. Apoyar la comunicación de
los laicos misioneros con las comunidades de origen que los han enviado.
2.2.6. Acoger a los misioneros que
regresan de su labor “ad gentes” brindándoles apoyo humano, formativo,
espiritual y económico, según las posibilidades de la asociación a la que
pertenecen; de acuerdo con lo estipulado en los estatutos nacionales y a la organización local y nacional.
2.2.7. Ser un espacio de acogida,
para todos los laicos, que llamados por
Dios al servicio misionero de la
Iglesia , puedan aprender, desarrollar y fortalecer su
vocación misionera.
3. MIEMBROS
3.1. La asociación está constituida por los laicos vicentinos
que, o se preparan para vivir, viven o
han vivido en la misión “ad gentes”, o están vinculados de algún modo a la
labor misionera organizada por MISEVI.
3.2. Los
miembros de la Asociación podrán ser:
3.2.1. Miembros en formación: Los
jóvenes y adultos laicos de las diferentes asociaciones vicentinas, o las
personas que sin pertenecer a una de dichas asociaciones, reconocen y aceptan
el carisma vicentino; estos miembros:
O se preparan para
iniciar sus actividades misioneras "ad gentes", y avanzan en el
conoci
miento del carisma
vicentino y el espíritu de la Asociación, con miras a ser miembros de pleno derecho.
• O están en su
primer año de presencia en la misión "ad gentes".
3.2.2. Miembros
de pleno derecho: los seglares que, con un mínimo de dos años consecutivos de trabajo misionero previo "ad
gentes", solicitan su pertenencia de pleno derecho a la Asocia-ción. Esta
pertenencia será renovada cada tres
años, sin límites de
renovaciones.
3.2.3. Miembros
colaboradores: las personas que desean colaborar con la Asociación, asumiendo
compromisos concretos de servicio, de formación o de colaboración económica.
3.3.
Requisitos de admisión.
3.3.1. Ser mayor
de edad, tener conocimiento y acep
tar los pasos
precisados en los criterios de or-ganización nacional.
3.3.2.
La
solicitud por escrito de quienes aspiran a ser miembros de la Asociación,
presentada a la Junta Coordinadora Local, ésta, a su vez, previo estudio, dará
la aceptación.
3.3.3.
Para
ser miembro de pleno derecho un mínimode dos años en la misión "ad
gentes", el conocimiento suficiente de la Asociación, y la solicitud
por escrito, presentada
a la Junta Coordinadora Nacional.
4.
COMPROMISOS DE LOS MIEMBROS
4.1. Los
miembros en formación se esforzarán por asumirlos contenidos y las actitudes
propios de una prepara-ción misionera integral, y se formarán en el estilo de vida
propio de los miembros de pleno derecho. MISEVI- COLOMBIA establecerá los
criterios mínimos de la formación inicial con la mayor calidad posible y atendiendo
a la realidad del país y de cada Asociación Local.
4.2. Los
miembros de pleno derecho pondrán el máximo interés en colaborar con los fines
de la Asociación. En concreto procurarán:
4.2.1.
Entregarse con generosidad a las tareas misioneras definidas en su compromiso misionero
^en los proyectos comunitarios y pastorales.
4.2.2.
Esforzarse por profundizar en la espiritualidad vicentina: vida de oración,
relación entre servicio y oración, conocimiento de la doctrina, de los santos y
de los mártires vicentinos.
4.2.3. Presentar
sugerencias e iniciativas para avanzar en la identidad de la Asociación.
4.2.4. Mantener
vínculos de fraterna relación con el Visitador Provincial, teniendo en cuenta
la potestad ordinaria de su oficio y su carácter representativo del Superior General.
4.2.5. Estar
dispuesto a pertenecer a la Junta Coordinadora Nacional.
4.2.6 Entregar
al fondo común los frutos económicos de su trabajo en la misión según los
Criterios de Organización y el Proyecto Comunitario Na-cional.
4.3. Los
miembros colaboradores aprovecharán la infor-mación sobre los proyectos de la
Asociación y busca-rán el bien de la misión desde la oración, la colabora-ción
en la formación, la gestión de proyectos, la bús-queda de fondos económicos y
la sensibilización so-cial.
4.4. Exclusión
de miembros. Se pierde la condición de miembro cuando:
4.4.1. La Junta
Coordinadora Nacional constata la in-actividad de 1 año de los miembros en
forma-ción, de 2 años de los miembros de pleno dere-cho. En tal caso, dicha
Junta se pondrá en con-tacto con el interesado, escuchará sus razones, le
invitará a retomar la actividad; si no hay reac-ción positiva, decidirá por
mayoría absoluta el procedimiento a seguir: exclusión o cambio de condición de
miembro.
4.4.2. El
misionero manifieste expresiones o compor-tamientos en contra de la fe, la
ética y la moral cristiana, tanto en la misión, como en su vida personal.
4.4.3. Los
miembros de pleno derecho llevan más de5 años seguidos sin realizar una labor
misione-ra "ad gentes", de por lo menos un año de duración.
5.
ORGANIZACIÓN
5.1. Asamblea
Nacional.
5.1.1. Naturaleza
a) Es el órgano
máximo de participación y gobierno de la Asociación.
b) Se reunirá ordinariamente
cada tres años; de forma extraordinaria cuando sea necesario par, la buena
marcha de la Asociación.
c) Queda válidamente
constituida cuando, convocada por la Junta Coordinadora Nacional estén
presentes las dos terceras partes de sus miembros.
d) Los acuerdos se
tomarán por mayoría absoluta en primera votación o por mayoría simple en
segunda votación.
5.1.2. Miembros
a) Los miembros de la
Junta Coordinadora Nacional.
b) Los coordinadores
de las asociaciones locales, o su delegado.
c) Un miembro en
formación de cada asociación local por elección.
d) Todos los miembros
de pleno derecho.
e) Dos miembros
colaboradores, elegidos por la Junta Coordinadora Nacional.
5.1.3. Funciones
a)
Elegir la Junta Coordinadora Nacional y un
suplente.
b)
Elegir los representantes para la asamblea
nacional.
c)
Dar orientaciones sobre la organización de la
asociación y de las comunidades permanentes de misión.
d)
Proponer el programa de actuación futura.
e)
Revisar los balances y presupuestos
económicos.
f)
Evaluar la marcha de la asociación y el
cumplimiento del proyecto Comunitario.
5.2. Junta
Coordinadora Nacional
5.2.1 Funciones
§ La junta
coordinadora actuara de acuerdo con los estatutos nacionales, los criterios de
organización nacional y las orientaciones de las asambleas Nacional e
Internacional; le corresponde la gestión de la Asociación; dará especial atención
a los proyectos pastorales y comunitarios de las comunidades misioneras.
§ Se reunirá
al menos, tres veces al año, por
convocatoria hecha por el Presidente.
5.2.2. Miembros.
§ Estará
conformada por un presidente(a), un secretario(a), un tesorero(a), un fiscal y
los asesores de la congregación de la Misión de las Hijas de la Caridad.
5.2.3. Elección y función
de los miembros.
Ø E lección:
Será elegido(a) por la Asamblea Nacional de
todos los miembros de pleno derecho, en votación secreta; para la elección se necesita la mayoría absoluta
en las dos primeras votaciones; en una tercera votación será suficiente la
mayoría simple.
Ø Funciones:
·
Ejercer la representación legal de la
Asociación.
·
Velar por el cumplimiento de los Estatutos,
los criterios de la Organización Nacional y el Proyecto Comunitario.
·
Animar y coordinar la marcha de la
Asociación.
·
Representar la Asociación en los ámbitos
eclesiales y civiles, y en la Junta Coordinadora Vicentina Nacional (JUCOVI).
·
Convocar a las reuniones de la Junta Coordinadora.
·
Preparar la agenda de las reuniones de la
Junta Coordinadora.
·
Organizar el trabajo de la Junta
Coordinadora, después de haber consultado a sus miembros.
·
Presentar los informes de gestión a la Junta
Coordinadora Nacional y a la Asamblea.
·
Mantener contacto con las asociaciones
locales y hacerles seguimiento.
·
Mantener relación con otras ramas de la
familia Vicentina y otros movimientos eclesiales, especialmente de carácter
misionero.
b) Secretario(a)
Ø Elección:
Elegido(a) en la Asamblea Nacional.
Ø Funciones:
·
Servir de centro de información de la Junta.
·
Redactar las actas de las reuniones de las
asambleas y de la Junta Nacional, tomando las firmas correspondientes.
·
Organizar y mantener el archivo.
·
Llevar
las Estadísticas de las Asociaciones Locales.
·
Llevar la correspondencia con las
Asociaciones Locales, con los distintos organismos y con la sede central de la
Junta Internacional.
·
Ayudar al presidente en la preparación de los
informes.
·
Asumir todas aquellas funciones que la asigne
la junta.
c) Tesorero(a)
Ø Nombramiento:
Designado por la Junta Nacional, en una de sus reuniones ordinarias.
Ø Funciones:
·
Recaudar los aportes ordinarios y los
extraordinarios fijados para cada Asociación local, por la Asamblea Nacional.
·
Mantener al día cuentas y relación de gastos,
debidamente soportados por documentos que cumplan el marco legal vigente.
·
Presentar semestralmente, o cuando lo
solicite, la junta Coordinadora o el revisor fiscal informe y balance de la
economía.
·
Elaborar el presupuesto anual para someterlo
a estudio y aprobación de la Junta Coordinadora .
·
Verificar los pagos que sean autorizados por
la Junta Coordinadora y el presidente Nacional.
·
Recibir cuotas de todo orden: donaciones.
contribuciones otorgando los recibos correspondientes.
d) Fiscal.
Ø Nombramiento:
Designado por la Junta Nacional, en una de sus reuniones ordinarias.
Ø Funciones:
·
Revisar y firmar los libros de contabilidad,
por los menos cada tres meses.
·
Cerciorarse d4e que las operaciones contables
se ajusten a las normas legales vigentes y a las decisiones de la junta
Coordinadora.
·
Velar por la correcta utilización de los
bienes materiales yy pecuniarios y denunciar ante el Presidente Nacional, en la
primera instancia, y luego ante la Asamblea Nacional, las irregularidades que
observe.
5.3. Asociaciones
locales.
·
La asociación se realiza concretamente en las
asociaciones locales, tanto a nivel de su espíritu, misión y organización.
·
Velaran por el cumplimiento de su espíritu
basados en los criterios de Organización
Nacional.
·
Cada una de ellas contará con una Junta
Coordinadora Local, cuya función será la animación a este nivel y la relación
con la Junta Nacional.
5.4. Asesores.
5.4.1.
Nombramiento:
Serán dos,
un miembro de la Congregación de la
misión nombrado por el Visitador Provincial, y una Hija de la Caridad nombrada,
de común acuerdo, por las dos hermanas Visitadoras de Colombia y confirmados
por el Superior General.
5.4.2.
Funciones.
a)
Apoyar la formación espiritual y vicentina de
los miembros de la Asociación.
b)
Hacer visitas de animación a las comunidades
con los miembros de la Junta Coordinadora.
c)
Participar en las reuniones de la Junta
Coordinadora y en la Asamblea Nacional, con voz pero no voto.
5.4.3. Duración del cargo.
-Dependerá de los respectivos superiores; pero teniendo
en cuenta, en lo
posible
teniendo en cuenta no sea menor de tres años ni mayor de seis.
5.5. Solo hará parte
activa de la junta coordinadora cuando uno de sus miembros
renuncie.
5.6. Duración
de los cargos.
-Todos los miembros
de la Junta Coordinadora son elegidos o nombrados por tres años, pueden ser
confirmados por otro trienio, como máximo.
6.
ECONOMÍA.
6.1. MISEVI es una
organización sin Animo de lucro sus bienes pertenecen a los pobres.
6.2. No se establecerán
vínculos laborales con los miembros de la Avocación, todo servicio pastoral se
hará con el espíritu de voluntariado no remunerado.
6.3. Los recursos
económicos procederán de:
·
Aportes o donaciones de colaboradores o de
instituciones.
·
Fondos obtenidos por posibles gratificaciones
del trabajo de los laicos misioneros.
·
Aportes en las instituciones en las que
prestan sus servicios.
·
Otras actividades lícitas organizadas por la
misma Asociación.
6.4. La
Asociación gestionará proyectos de financiamiento para solventar gastos de
formación estadía en la misión regreso de los misioneros y otros proyectos en
bien de los pobres.
6.5. La Asociación
buscará fondos para sufragar los gastos de seguros y apoyo a la reinserción de
los misioneros en su país de origen, según las posibilidades de cada Asociación
Local.
6.6. La Junta
Coordinadora tiene la responsabilidad de fijar los criterios de gestión
económica y velar por la correcta fijación de los mismos.
6.7. Cuando se
realice el envió de un misionero a misión se hará un convenio entre la institución
eclesial que lo recibe y la Asociación Nacional, donde se precise tanto el
trabajo pastoral del enviado como la financiación de su estadía.
7. RELACIONES CON LA
FAMILIA VICENTINA.
7.1. La
Asociación estará vinculada a las demás ramas de la familia vicentina, toda vez
que aquellas son la fuente de misioneros “ad gentes” para la Asociación; éstas
a su vez, se sentirán comprometidas a apoyarles en su misión.
7.2. La
Asociación buscará el contacto y colaboración con la Familia Vicentina, a nivel
local, en lugares donde se establezcan las comunidades misioneras de laicos
pertenecientes a MISEVI, y a nivel nacional.
7.3. La
Asociación Nacional velará para que se cumplan, a través de JUCOVI, los
apartados sobre el tema establecidos en los criterios de Organización Nacional.
8. DISPOCICIONES
FNALES.
8.1.
REFORMA DE LOS ESTATUTOS.
8.1.1. Los presentes Estatutos serán
enviados al Superior Provincial, al
Equipo Coordinador Nacional
para el estudio y presentación del
Superior General de la
Congregación de la misión y de las Hijas de
la Caridad, para su aprobación.
8.2.2.
La Asamblea Nacional podrá hacer reformas a los presentes Estatutos, si así lo
juzga conveniente. Estas serán votadas para su aprobación por dos tercios de la
Asamblea Nacional. Dichas reformas serán presentadas para su aprobación al
Superior General de la Congregación de la Misión y de las hijas de la caridad.
8.2.
DISOLUCIÓN DE LA ASOCIACIÓN.
8.2.1. El Superior General de la
Congregación de la misión y de las Hijas
de la Caridad puede disolver la Asociación Nacional.
También podrá hacer la Asamblea Nacional, con el consentimiento del Superior
General.
8.2.2.
En caso de disolución de la Asociación, los bienes restantes después de haber
saldado los débitos, serán entregados al Superior General para las misiones
ad”gentes”.
8.3.
INTERPRETACIÓN DE LOS ESTATUTOS.
En caso de deudas sobre el contenido o
el sentido de estos estatutos, éstas se resolverán a la luz de los Estatutos
Internacionales.
CRITERIOS DE ORGANIZACIÓN
A NIVEL NACIONAL
MISEVI-COLOMBIA
FORMACION:
·
Conformar un comité a nivel nacional que se responsabilice
de orientar la formación de MISEVI Colombia y asesorar a los grupos locales;
elaborando un plan de formación misionera.
·
Conocer y asumir el proyecto de formación de
la Familia Vicentina, adaptándolo a las exigencias propias de la Asociaión.
·
Integrar en el proceso formativo el análisis
de la realidad en la cual se realizará el servicio misionero; favoreciendo de
esta manera el proceso de inculturación.
·
Involucrar e l componente formativo en los
encuentros nacionales que se realicen anualmente.
·
Organizar al cronograma de formación con la
asesoría del comité nacional en cada asociación local de manera autónoma.
·
Asumir el aprendizaje de un idioma extranjero
en cada asociación local de manera autónoma.
ADMISIÓN DE MIEMBROS:
Las
personas que deseen integrase al movimiento deben ser mayores de edad.
Aspirantazo:
Habrá
un período de conocimiento mutuo entre el aspirante y la asociación, mínimo de
un (1) año para las personas que provienen de otra rama de la Familia vicentina.
Para las personas que deseen conocer el carisma vicentino, se tendrá un período
de conocimiento y formación vicentina de dos (2)
años,
donde se madure la opción a la vocación misionera.
Incorporación:
Después
de haber cumplido el período de conocimiento, se debe realizar una solicitud por
escrito, manifestando su deseo de ser admitido en la asociación. El grupo local
junto con el asesor aprobarán la solicitud previo estudio y se hará la incorporación
en una ceremonia especial.
Cada
Asociación Local informa a la Junta Nacional acerca de la admisión de una
persona, remitiendo hoja de inscripción y documentación, para el archivo
nacional.
En pleno derecho:
Para
ser declarado miembro en pleno derecho el misionero tendrá un mínimo de un (1)
año de participación en misión "ad gentes", teniendo en cuenta el
cumplimiento de los requisitos anteriores.
Colaboradores:
Para
ser miembro colaborador se siguen los numerales 4.2.3y 5.3 de los Estatutos
Nacionales
EXCLUSIÓN DE MIEMBROS:
Se
aplicarán los numerales 5.4.1 y 5.4.2 para todos los miembros; y para los
miembros de pleno derecho los numeral'5.4.1 y 5.4.3 de los Estatutos Nacionales
ORGANIZACIÓN
A NIVEL NACIONAL:
•
Conformar una Junta Nacional integrada por: Un Presidente Nacional elegido por
la asamblea, tres miembros y un suplente igualmente elegidos por la Asamblea, un asesor provincial de la Congregación de la
Misión y una
asesora
de las Hijas de la Caridad, nombrados por los Superiores Provinciales.
•
Crear un proyecto nacional unificado que oriente los planes y programas de la
comunidad local.
•
Para la elección del Presidente Nacional, se hará acuerdo con el numeral
6.5.1.1 de
los Estatutos Nacionales. El aspirante a este cargo debe estar incorporado y
tener un tiempo mínimo de un (1) año para las personas que tienen trayectoria
vicentina y de dos años para quienes están en conocimiento del carisma.
•
La Junta Nacional será la encargada de organizar las misiones de carácter nacional
e internacional, lo mismo que del envío a experiencias misioneras “ad gentes”.
A NIVEL LOCAL:
· Se
nombrará un coordinador, que represente la Asociación loca!, oriente los planes
y proyectos del grupo mantenga la comunicación con el asesor local y la Junta Nacional.
·
· Cada
asociación local debe asumir los Estatutos y Criterios de Organización Nacional
en su totalidad y elaborar su proyecto comunitario local de acuerdo con el proyecto
nacional comunitario.
· Cada
Asociación local debe asegurar la presencia de un asesor ya sea un Misionero
vicentino ó una Hija de la Caridad.
· Cada
Asociación local es autónoma en su organización, teniendo en cuenta la
participación de otros miembros para asumir diferentes responsabilidades
(Formación, Economía, Espiritualidad, Comunicación de grupo, Secretaría).
· Cada
Asociación local organizará experiencias misioneras cortas (períodos fuertes),
en sus regiones, de manera que todos participen en ellas. Y estén disponibles a
la participación de misiones organizadas a nivel nacional.
· Se
organizarán las reuniones cada quince (15) días, con una hora de formación como
mínimo.
ECONOMÍA:
· Cada
Asociación local, buscará la financiación propia y aportará una cuota anual al
fondo nacional Misevi, que se incrementará cada año en un 10%.
· De acuerdo
con el presupuesto el presidente puede autorizar para gastos en acuerdo con el
tesorero el equivalente a dos salarios mínimos (SMLV), y con el consentimiento de la Junta Coordinadora hasta ocho salarios mínimos
(SMLV). Superados
estos topes económicos, le corresponde a la Asamblea Nacional estudiar y
aprobar gastos superiores a este monto.
· La Junta
Coordinadora en una de sus sesiones ordinarias designará a una persona que no
haga parte de este que se encargue de llevar la contabilidad de la Asociación,
de acuerdo con las normas contables dentro marco legal vigente colombiano.
· Cuando la Asociación nacional o local lo
estime conveniente, abrirá una cuenta bancaria a nombre de Misevi cuyo
representante legal será para la Junta Nacional (presidente y el tesorero y
para las asociaciones locales el coordinador y el tesorero.
· Cada Asociación local manejará su economía
responsablemente, no a título personal, y con la supervisión del asesor local.
· Para responder a la petición de servicio
pastoral misionero en los tiempos fuertes, el solicitante debe garantizar los
gastos de hospedaje, alimentación y transporte su totalidad o al menos en un
50%.
· Todos los aportes que se reciben por concepto
del servicio misionero pertenecen a la Asociación que envía los misioneros.
· El encargado de la economía de la Asociación
presentara informes escritos con sus debidos soportes contables, a la
Asociación local, al asesor local cada seis meses.
· Se debe crear un comité económico a nivel nacional
que promueva proyectos de financiación con diferentes entidades nacionales e
internacionales. La Junta Nacional debe aprobar los proyectos de gestión local
y garantizar el surgimiento.
· Cada
Asociación local debe aportar el 50% de financiación para asistir a reuniones,
encuentros o eventos que programe la Asociación a nivel nacional.
RELACIONES CON LA
FAMILIA VICENTINA
Ø Desde la asesoría que se
reciba por parte de la congregación de la Misión y de las Hijas de la Caridad.
Ø Mantener una base de datos
con información a través del directorio de la Comunidad Vicentina.
Ø Participación en el JUCOVI
nacional y local.
Ø Ser apoyo en las obras
vicentinas que existan en cada localidad.
Ø Existencia de redes de
comunicación, a través de los espacios de la información con los medios que la
familia vicentina posee.
Ø Para favorecer la
intercomunicación con los demás grupos vicentinos y las mismas comunidades
misioneras, cada grupo tendrá un correo electrónico.
Ø Existencia de la
corresponsabilidad de pertenencia a la familia vicentina.
Ø Cada Asociación local
deberá poseer un correo electrónico para facilitar la comunicación.
ALMA
MISIONERA
Señor, toma mi vida nueva
antes que la espera, desgaste años en
mi,
estoy dispuesto a lo que quieras,no
importa lo que sea,
Tú llámame a servir.
CORO
Llévame donde los hombres, necesiten tus palabras,
necesiten mis ganas de vivir; donde falte la esperanza,
donde falte la alegría, simplemente
por no saber de Ti.
Te doy mi corazón sincero, para gritar
sin miedo
tu grandeza, Señor, tendré en mis
manos sin cansancio,
tu historia ante mis labios y fuerza en la oración.
Y así, en macha iré catando, por
calles predicando
lo bello que es tu amor. Señor, tengo
alma misionera,
condúceme a la tierra que tenga sed de Dios.
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